Cuotas moderadoras y copagos

Acuerdo 260 de 2004 / Acuerdo 030 de 2011.

Copagos en el Régimen Contributivo

Conforme al incremento de la UVT para el año 2025, relacionamos las cuotas moderadoras y copagos que debe cancelar nuestros usuarios, las cuales están vigentes a partir del 1 de enero de 2025, conforme a la aplicación del acuerdo 260 de 2004, el artículo 49 de la ley 1955 de 2019 y la resolución 140 de 25 de diciembre de 2021.

Ingreso Salarial Valor del Servicio Valor Máximo por evento (1) Valor máximo por año (2)
Rango A (Menos de 2 SMLMV) 11,5%  $356.548  $643.717
Rango B (Entre 2 y 5 SMLMV) 17,3%  $1.428.678  $2.574.868
Rango C (Mayor a 5 SMLMV) 23,0%  $2.857.356  $5.149.736
  • SMMLV: Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.
  • (1) Manejo de una patología específica en el mismo año.
  • (2) Valor máximo por año por beneficiario. Los valores corresponden al año 2025.

Valor del Servicio

Usuarios

Servicios

  Estrato  

   Ingreso base cotización  

  Valor cuota moderadora  

Aplica para cotizantes y beneficiarios

Consulta médica general, odontologica,paramédica y de medicina alternativa aceptada.
Consulta médica externa por médico especialista.
Fórmula de medicamentos.
Examenes de diagnóstico por laboratorio clínico ordenados en forma ambulatoria.
Exámenes de diagnóstico por imagenología ordenados en forma ambulatoria.
atención de urgencias no vitales

A Menor a 2 S.M.L.M.V. $ 4.700
B De 2 a 5 S.M.L.M.V. $ 19.200
C Mayor a 5 S.M.L.M.V. $ 50.300
  • SMMLV: Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.
  • Las cuotas moderadoras se incrementan cada año con base en el porcentaje que define el gobierno nacional.
  • ** Valor correspondiente a la cuota moderadora que rige a partir del 1 de enero de 2025.

Usuarios en el Régimen Subsidiado

Régimen   % Valor del servicio    V/r Máximo por evento (1)   V/r Máximo por usuario año (2) 
Subsidiado 10% $621.164 $1.242.329

Valor UPC Adicional Régimen Contributivo Vigencia 2025

Resolución 2717 del 30 de diciembre de 2024

De conformidad con lo establecido en el Artículo 2.1.4.5 del Decreto Único Reglamentario 780 de 2016 y de acuerdo con los artículos 1 al 4 de la Resolución 2717 del 30 de Diciembre de 2024 del Ministerio de Salud y Protección Social, por la cual se fija el valor de la Unidad de Pago por Capitación- UPC para la cobertura el Plan de Beneficios en Salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado en la vigencia 2025, a continuación se dan a conocer los valores de la UPC adicional, de acuerdo con la edad, genero y zona geográfica de cada afiliado, que regirán a partir del 01 de Enero de 2025.

Grupo de edad UPC adicional zona normal   UPC adicional zona especial   UPC adicional ciudades (grandes ciudades y conurbados) UPC adicional San Andres, Providencia y Santa Catalina  
  Menores de 1 año $420.200 $462.000 $461.400 $578.600
  De 1 a 4 años $122.500 $134.500 $134.300 $168.000
  De 5 a 14 años $50.700 $55.600 $55.500 $69.100
  De 15 a 18 años (H) $49.000 $53.700 $53.700 $66.800
  De 15 a 18 años (M) $75.700 $83.000 $82.900 $103.500
  De 19 a 44 años (H) $82.900 $91.000 $90.900 $113.500
  De 19 a 44 años (M) $151.300 $166.200 $166.000 $207.700
  De 45 a 49 años $154.300 $169.500 $169.300 $211.900
  De 50 a 54 años $194.700 $213.900 $213.600 $267.600
  De 55 a 59 años $230.000 $252.800 $252.500 $316.400
  De 60 a 64 años $294.700 $324.000 $323.600 $405.600
  De 65 a 69 años $364.600 $400.800 $400.300 $501.900
  De 70 a 74 años $440.400 $484.200 $483.500 $606.400
  De 75 y más años $548.800 $603.500 $602.700 $756.000
  • *) Zona Normal: Todos los municipios del país a excepción de los registrados como zona especial, zona alejada y grandes ciudades y conurbados.
    (**) Zona Especial: Comprende los municipios del anexo 1 de la Resolución 2717 del 30 de Diciembre de 2024.
    (***) Grandes Ciudades y Conurbados: Comprende las ciudades de Armenia, Barrancabermeja, Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, Bello, Bogotá Distrito Capital, Bucaramanga, Buenaventura Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico, Cartagena de Indias, Distrito Turístico y Cultural, Cartago, Cúcuta, Dosquebradas, Floridablanca, Guadalajara de Buga, Ibagué , Itagüí, Manizales, Medellín, Montería, Neiva, Palmira, Pasto, Pereira, Popayán, Riohacha, Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, Santiago de Cali, Sincelejo, Soacha, Soledad, Tuluá, Valledupar y Villavicencio.
    (****) Zona Alejada: Comprende el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

Si tienes algún problema llámanos a la línea nacional
01-8000-938-777