Plan de Beneficios en Salud
¿Qué es el PBS?
El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC es el conjunto de servicios y tecnologías en salud, estructurados sobre una concepción integral de la salud, que incluye la promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de la enfermedad y que se constituye en un mecanismo de protección al derecho fundamental a la salud (Res 5269 2017) siendo deber de la EPS garantizar el acceso a los servicios y tecnologías en salud, en el marco de la cobertura del PBS, definida por la norma vigente, de tal manera que debemos entender como exclusiones del PBS.


- Tecnologías cuya finalidad no sea la promoción de la salud, prevención diagnóstico, tratamiento, rehabilitación o paliación de la enfermedad.
- Tecnologías de carácter educativo, instructivo o de capacitación, que no corresponden al ámbito de la salud aunque sean realizadas por personal del área de la salud.
- Servicios no habilitados en el sistema de salud, así como la internación en instituciones educativas, entidades de asistencia o protección social tipo hogar geriátrico, hogar sustituto, orfanato, hospicio, guardería o granja protegida, entre otros.
- Servicios y tecnologías en salud conexos, así como las complicaciones que surjan de las atenciones en los eventos y servicios que cumplan los criterios de no financiación con recursos del SGSSS señalados en el Artículo 154 de la Ley 1450 de 2011.
- Servicios y tecnologías que no sean propiamente del ámbito de salud o que se puedan configurar como determinantes sociales de salud conforme al Artículo 9° de la Ley 1751 de 2015.
De acuerdo a lo definido en el artículo 15 de la Ley Estatutaria en Salud 1751 de 2015 en todo caso, también son consideradas exclusiones aquellas tecnologías en los que se advierta alguno de los siguientes criterios:
Adicionalmente en la Resolución 3512 de 2019 Título VII, Condiciones para definir las tecnologías no financiadas con recursos de la UPC y la Resolución 244 de 2019, se enlistan servicios y tecnologías que serán excluidas de la financiación de recursos públicos asignados a la salud.
Es importante saber que el ministerio ha dispuesto de una plataforma (MIPRES) por medio de la cual el equipo médico tratante podrá formular este tipo de tecnologías siempre y cuando se cumpla con los criterios establecidos (Resolución 1885 de 2018) Por la cual se establece el procedimiento de acceso, reporte de prescripción y análisis de la información de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC y de servicios complementarios, S.O.S ha establecido de los medios virtuales necesarios para informar a nuestros usuarios el estado de estas formulaciones generadas desde el consultorio del médico tratante.

¿Cómo afiliarme al PBS?
Si eres trabajador independiente, empleado o pensionado, tienes tres opciones para realizar el trámite de afiliación:
¿A quiénes puedo afiliar al Régimen Contributivo?
Si usted es un trabajador casado(a) o en unión libre, puede afiliar a:

Si eres independiente:
El trabajador independiente se define cuando el cotizante no está vinculado a un empleador mediante una relación laboral y, por tanto, no comparte el pago de sus aportes, sino que los asume en la totalidad
Tener en cuenta para la afiliación:

Documentos requeridos para vincular a los beneficiarios:
Otras personas a las que puedo afiliar al Régimen Contributivo de S.O.S.
¿Qué servicios incluye el PBS?
Los servicios que incluye el Plan de Beneficios en Salud:

Promoción de la salud:
Atención ambulatoria:
Atención de urgencias:
Prevención de la enfermedad:
Consulta médica y odontológica:
Atención inicial de urgencias:
Servicios con internación:
Dispositivo y equipo biomédico:
Aparatos ortopédicos:
Telemedicina:
Atención domiciliaria:
Rehabilitación en salud o en medicina:
Prótesis:
Ortesis:
Medicamentos:
Eventos de alto costo:
Trasplante:
Medicinas alternativas:
Servicios de baja complejidad:
Tratamiento de enfermedades de alto costo:
Actividades de detección temprana de la enfermedad:
Servicios con internación:
¿Qué servicios no incluye el PBS?
De acuerdo con la Resolución 3512 de 2019, los eventos de salud que no cubre el Plan de Beneficios en Salud son:
Si quiero un servicio que no esté incluido dentro de las coberturas del Plan de Beneficios en Salud, ¿Qué debo hacer?

Requisitos que debe presentar para entrega de su servicio No PBS (antes No Pos):
- Número de autorización entregado por la EPS enviado al correo electrónico, mensaje de texto o consultado por la oficina virtual.
- Copia de fórmula médica Mipres legible
- Documento de identidad original del usuario.
- Si van a reclamar una persona diferente usuario debe de presentar su documento de identidad original también.
- Llevar el valor de la cuota moderadora.

Novedades del PBS
Una novedad es la modificación de los datos básicos o complementarios reportados en el momento del ingreso a la EPS o cambios en la condición de la afiliación.
Estas novedades solo pueden ser realizadas por los cotizantes y cabezas de familia, solo en casos especiales como fallecimiento del cotizante, fallos judiciales, requerimientos de una autoridad competente o en los casos que se evidencie algún riesgo que pueda afectar la integridad del afiliado podrán ser reportados por los beneficiarios para temas de exclusiones o desafiliaciones.
Es importante recalcar que cualquier novedad que se realice a la afiliación debe ser reportada a través del Formulario Único de Afiliación y Registro de Novedades al SGSSS o a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes con sus respectivos soportes que acrediten la aplicación de cada novedad.
Tipos de novedad:
1. Modificación de datos básicos de identificación:
2. Corrección de datos básicos de identificación:
3. Actualización del documento de identidad:
4. Actualización y corrección de datos complementarios:
5. Terminación de la inscripción de la EPS (Desafiliación):
6. Reinscripción en la EPS:
7. Inclusión de beneficiarios o de Afiliados Adicionales:

Inclusión de beneficiarios o de afiliados adicionales
8. Exclusión de beneficiarios o de Afiliados Adicionales:
9. Inicio de relación laboral o adquisición de condiciones para cotizar:
10. Terminación de la relación laboral o pérdida de las condiciones para seguir cotizando:
11. Movilidad:
12. Traslado:
13. Reporte de fallecimiento:
14. Reporte del trámite de protección al cesante:
15. Reporte de la calidad de pre-pensionado o Pensionado:
Si tienes algún problema llámanos a la línea nacional
✆ 01-8000-938-777