Ley de parto digno

En EPS S.O.S nos unimos a la celebración de Día de la Madre y reconocemos su invaluable labor, pero, más que una celebración, es momento de reflexionar y recordar la importancia de garantizar los derechos y deberes de las gestantes, reconociendo la importancia que cada una tenga acceso a la atención médica necesaria, así como a la información y los recursos que les permitan vivir esta etapa con plenitud y seguridad.

Desde el año 2022, en Colombia se implementó la “Ley de parto digno, respetado y humanizado” (Ley 2244 de 2022), aprobada por el Congreso de la República con el objetivo de asegurar y proteger los derechos de las mujeres durante todas las etapas del embarazo, parto, posparto y en situaciones de duelo gestacional y perinatal, respetando su autonomía y convicciones. Esta legislación también reconoce los derechos fundamentales de los recién nacidos, proporcionando un marco legal específico para su protección.

Conoce los derechos de las gestantes:

  1. A recibir atención integral, adecuada, veraz, oportuna y eficiente, de conformidad, a sus costumbres, valores, creencias ya su condición de salud.
  2. A ser tratada con respeto y sin discriminación, de manera individual y protegiendo su derecho a la intimidad y confidencialidad, incluida la información sobre resultados de pruebas de laboratorio, a no recibir tratos crueles, inhumanos ni· degradantes, a que se garantice su libre determinación y su libertad de expresión.
  3. A ser considerada como sujeto de derechos y de protección especial, en los procesos de gestación, trabajo de parto, parto, posparto y duelo gestacional y perinatal, de modo que se garantice su participación en dichos procesos, atendiendo su condición de salud.
  4. A tener una comunicación asertiva con los prestadores de atención en salud durante la gestación, el trabajo de parto, el parto, posparto y duelo gestacional y perinatal mediante el uso de un lenguaje claro, fácil de entender, pertinente, accesible y a tiempo acorde a sus costumbres étnicas, culturales, sociales y de diversidad funcional de cada mujer.
  5. A ser informada sobre una alimentación adecuada de acuerdo a sus requerimientos nutricionales en etapa de gestación, trabajo de parto y posparto por personal idóneo y con experiencia.
  6. A que sea ingresada al Sistema de Salud y a ser atendida sin barreras administrativas.
  7. A participar en un curso de preparación para la gestación, trabajo de parto, parto y posparto de alta calidad pedagógica y profundidad en los contenidos, basado en evidencia científica actualizada y con enfoque diferencial, con personal formado en acompañamiento a población gestante; que privilegie el respeto por la fisiología, en espacios accesibles que garanticen la dignidad y comodidad, sin importar el régimen de afiliación que tenga la mujer al Sistema de Seguridad Social.
  8. A realizarse los controles prenatales recomendados según la evidencia científica actualizada, por niveles de atención, para garantizar la salud de la madre de acuerdo con su condición de salud.
  9. A ser informada sobre sus derechos, sobre los procedimientos de preparación corporales y psicológicos para el trabajo de parto, el parto y el posparto, y sobre los beneficios, riesgos o efectos de las diferentes intervenciones durante la gestación, el trabajo de parto, el parto y el posparto, las causas y los efectos del duelo gestacional y perinatal, con información previa, clara, apropiada y suficiente por parte de los profesionales de salud, basada en la evidencia científica segura, efectiva y actualizada, y sobre las diversas alternativas de atención del parto, con el fin de que pueda optar libremente por la que mejor considere y en consecuencia, a decidir sobre el lugar y los actores del sistema de la salud encargados de su atención.
  10. A ser informada sobre la evolución del trabajo de parto, parto y posparto, sobre el estado de salud del feto y del recién nacido y, en general; a que se le haga partícipe de las diferentes actuaciones de los actores del sistema de la salud y a que el cónyuge tenga información oportuna, y sus familiares de la evolución del trabajo de parto, parto y posparto, si la mujer así lo desea.

Revisa el documento oficial de la Ley con todos los derechos

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