Conoce aquí toda la información sobre la resolución de intervención

AVISO MEDIDA INTERVENCIÓN

HACE SABER: 

El suscrito interventor de la EPS Servicio Occidental de Occidente S.O.S identificada con NIT 805.001.157-2, en cumplimiento a lo establecido en la Resolución No. 2024100000003061-6 del 10 de abril de 2024 expedida por la Superintendencia Nacional de Salud, se permite dar aviso a la ciudadanía en general, autoridades judiciales y administrativas, y demás personas naturales y jurídicas interesadas que:

La Resolución No. 2024100000003061-6 del 10 de abril de 2024 emitida por la Superintendencia Nacional de Salud ordenó la intervención forzosa para administrar a EPS Servicio Occidental de Occidente S.O.S identificada con NIT 805.001.157-2.

En el artículo sexto (6°) de la citada Resolución se dispuso: “(…) ARTICULO SEXTO. DESIGNAR como interventor de ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SERVICIO OCCDIENTAL DE SALUD S.A. EPS S.O.S. S.A. con NIT 805.001.157-2 a CARLOS MARINO ESCOBAR VÁSQUEZ identificado con cédula de ciudadanía 94.377.192 de Cali, quien ejercerá las funciones propias de su cargo, de acuerdo con lo previsto en las normas del Sistema General de Seguridad Social, el ESOF y demás normas que sean aplicables, para dar cumplimiento a los fines de la toma de posesión e intervención administrativa para administrar. (…)”

El régimen jurídico aplicable al presente proceso de intervención forzosa administrativa para administrar, es el contenido en la Resolución No. 2024100000003061-6 del 10 de abril de 2024, emitida por la Superintendencia Nacional de Salud; el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el Decreto 2555 de 2010 y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan. 

El proceso de intervención forzosa administrativa para administrar de ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SERVICIO OCCDIENTAL DE SALUD S.A. EPS S.O.S. S.A. con NIT 805.001.157-2, inició el día diez (10) de abril de 2024, fecha en la cual se realizó la toma de la entidad, por el término de un (1) año hasta el 10 de abril de 2025.

Conforme lo establecido en los literales g), i) y j) de la Resolución No. 2024100000003061-6 del 10 de abril de 2024 expedida por la Superintendencia Nacional de Salud, en concordancia con lo dispuesto en los literales h), j) y k) del numeral 1 del artículo 9.1.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010, el cual establece las medidas preventivas obligatorias y al respecto dispone:

“g) La prevención a todo acreedor y en general a cualquier persona que tenga en su poder activos de propiedad de la intervenida, para que proceda de manera inmediata a entregar dichos activos al agente especial;

i) La prevención a los deudores de la intervenida de que sólo podrán pagar al interventor; advirtiendo la inoponibilidad del pago hecho a persona distinta, así como el aviso a las entidades sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia Nacional de Salud sobre la adopción de la medida, para que procedan de conformidad;

j) La prevención a todos los que tengan negocios con la intervenida, de que deben entenderse exclusivamente con interventor, para todos los efectos legales”.

En consecuencia, con lo expuesto, el suscrito interventor se permite informar a prevención:

  • A todo acreedor y en general a cualquier persona que tenga en su poder activos de propiedad de la intervenida ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SERVICIO OCCDIENTAL DE SALUD S.A. EPS S.O.S. S.A. con NIT 805.001.157-2, para que proceda de manera inmediata a entregar dichos activos al interventor.
  • A los deudores de la intervenida ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SERVICIO OCCDIENTAL DE SALUD S.A. EPS S.O.S. S.A. con NIT 805.001.157-2 de que sólo podrán pagar al interventor; advirtiendo la inoponibilidad del pago hecho a persona distinta.
  • A todos los que tengan negocios con la intervenida ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SERVICIO OCCDIENTAL DE SALUD S.A. EPS S.O.S. S.A. con NIT 805.001.157-2, de que deben entenderse exclusivamente con el interventor, para todos los efectos legales.

Poner de presente a los interesados que tendrán a disposición la Resolución No. 2024100000003061-6 del 10 de abril de 2024, emitida por la Superintendencia Nacional de Salud para su consulta en el portal web de ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SERVICIO OCCDIENTAL DE SALUD S.A. EPS S.O.S. S.A., https://www.sos.com.co.

Para los efectos del artículo undécimo de la Resolución No. 2024100000003061-6 del 10 de abril de 2024 en concordancia con el artículo 9.1.2.1.1 del Decreto 2555 de 2010, se publicará el presente aviso informando sobre la expedición de la medida por una (1) vez en un diario de amplia circulación nacional y en un lugar visible en las oficinas de la institución intervenida.

CARLOS MARINO ESCOBAR VÁSQUEZ 

Interventor

 

Loading

Add Comment